Quizá has escuchado hablar sobre las medidas provisionales en separación o divorcio pero no sepas bien en qué consisten. Te damos todas las claves que necesitas conocer.
Medidas provisionales en separación o divorcio: en qué consisten
Al hablar de medidas provisionales en separación o caso de divorcio se hace referencia a las acciones que se pueden solicitar al Juzgado para regular cómo se producirán las relaciones familiares hasta que se dé la sentencia de divorcio, la separación o se produzca la modificación de medidas. Esto es así en previsión a que la sentencia de divorcio pueda tardar un tiempo.
Qué tipo de medidas se pueden solicitar
Según se recoge en el artículo 102 y 103 del Código Civil, al pedir medidas provisionales se tendrá que hacer una petición, exclusivamente, de las medidas más urgentes relativas a las relaciones familiares.
Aquí entran las medidas relativas a la patria potestad, a la guarda y custodia de hijos, a la pensión de alimentos y a la atribución del uso de la vivienda familiar, también las derivadas con el cese de la convivencia conyugal. En lo relativo a los bienes, dejará de tener efecto la presunción de convivencia y de ganancialidad.
Cómo se solicitan las medidas en un proceso de separación o divorcio
En primer lugar tendrá que haber una solicitud inicial y aquí el demandado no hará una contestación escrita, sino que dicha contestación se dará en la propia vista de medidas provisionales. Dicha vista tendrá que hacerse en un plazo de diez días desde que el demandado recibe la notificación.
Respecto a las pruebas a aportar para que se puedan adoptar estas medidas provisionales decir que serán las siguientes. En el caso de que se soliciten medidas económicas habrá que aportar nóminas, declaración de la Renta y el Juzgado también hará una solicitud de la información económica de la otra parte.
Cuando en el procedimiento hay niños implicados de doce años o más, o con capacidad suficiente, se procederá a hacer una exploración del menor.
En cualquier caso, como decimos, dichas medidas provisionales serán las que estén vigentes hasta que se dicte la sentencia de divorcio. Esta sentencia será en un sentido u otro en función de las pruebas y el informe pericial que se facilite. Estas pruebas servirán para decidir si las medidas que ya se tomaron de manera provisional han de pasar a ser definitivas, o si deben ser sustituidas por otras.
Esta solicitud de las medidas provisionales podrá realizarse antes de la presentación de la demanda de divorcio. También pueden pedirse con la modificación de medidas o durante la presentación de la propia demanda.