A la hora de hablar de herencia y reparto de bienes, hay una serie de figuras que debes conocer. Una de ellas es la de la herencia legítima y de ahí la importancia de saber en qué consiste y qué supone. En este texto, lo detallamos.
A qué se considera herencia legítima
Según recoge el artículo 806 del Código Civil, la herencia legítima hace referencia a la parte de los bienes de que el testador no puede disponer porque la ley la ha reservado a determinados herederos, siendo los llamados herederos forzosos.
Es una parte de la herencia de la que el testador no podría disponer de manera libre, salvo que el testador pueda desheredarle por alguna de las vías que se consideran válidas de manera legal. Esto sería demostrando determinados supuestos como maltrato, abandono, etc.
Quiénes son los receptores de la herencia legítima
En cuanto a las personas que se considerarían herederos legítimos, este aspecto se recoge en el artículo 807. Vemos que se dividen en tres grupos.
Por un lado, los hijos y descendientes del testador. Dentro de este grupo estarían los hijos biológicos y/o adoptados, sin que pueda haber discriminación entre ellos. En el caso de que el testador no tenga hijos o no con vida, los herederos pasarán a ser los padres o ascendientes.
En el caso de la herencia legítima reservada a los padres, decir que se dividirá entre los dos por partes iguales y en el caso de que uno haya fallecido, la totalidad recaerá sobre la parte superviviente.
Por último, también sería receptor de la herencia legítima la persona viudo o viuda del testador. Para ello no ha de estar separado ni judicialmente ni de hecho. En el caso de que el finado tenga descendientes la parte que recibirá el viudo en concepto de legítima variará.
¿Cómo se divide el resto de la herencia?
La herencia legítima supone un tercio del total del legado, de tal modo que hay dos tercios más a repartir. Uno de ellos es el llamado tercio de mejora. Esta parte se distribuye a favor de los hijos y descendientes, pero nunca puede ir a personas que estén fuera de ese vínculo. Aquí el testador es libre de favorecer a uno o a varios descendientes porque no tiene la obligación legal de repartir sus bienes en partes iguales.
La otra parte de la herencia se conoce como tercio de libre disposición. Es la tercera parte de la que el testador puede disponer libremente y dársela a quien considere sin que el receptor tenga por qué ser heredero legítimo, o siquiera un familiar. Puede haber más de un receptor y la distribución de las partes será libre.