¿Cómo evitar la liquidación en concurso de acreedores?

¿Cómo evitar la liquidación en concurso de acreedores?
Si la empresa que gestionas ha entrado en concurso de acreedores y quieres saber cómo evitar la liquidación en este punto, presta atención a estas claves.

¿Qué es la liquidación en un concurso de acreedores?

Al hablar de evitar la fase de liquidación se hace referencia al hecho de tener que responder con los bienes propios. Es decir, a que se liquiden bienes como puede ser la vivienda habitual, aunque durante el concurso se haya ido abonando la hipoteca.

Este supuesto se podría dar si no se ha logrado un acuerdo con los acreedores ordinarios. Para evitarlo, es necesario que en la celebración de la Junta se hayan logrado mayorías suficientes como para aprobar el convenio con los acreedores. Llegados a este punto sin lograr un acuerdo, el juzgado abrirá la fase de liquidación. Mientras que la Administración concursal elaborará un Plan de liquidación de los bienes del deudor entre los que se incluirían elementos como su vivienda habitual.

¿Cómo se puede evitar la liquidación?

Pues bien, ante estos hechos el modo de evitar la liquidación de los bienes durante un concurso de acreedores podría consistir en que el abogado del deudor reúna todos los datos e información que pueda demostrar al administrador concursal, que debe pedir al juzgado el cierre del concurso a causa de insuficiencia de la masa activa. Para que se dé este supuesto, es preciso que el único bien pendiente de liquidación está sometido a hipoteca.

Esto se debe hacer antes de la apertura de la fase de liquidación y después de que no se haya alcanzado el acuerdo del convenio. De este modo, lo que se hará será evitar que se acabe subastando la vivienda habitual, siempre que se esté al corriente en las cuotas. O se llegue a un acuerdo a este respecto.

¿Cómo evitar el concurso de acreedores?

Antes de entrar en fase de liquidación, se puede evitar también entrar en concurso de acreedores. Para ello hay determinados recursos como puede ser la situación de preconcurso o acuerdo de refinanciación. Se trata de una comunicación que la empresa emite al juzgado competente para informar de que ha iniciado las negociaciones para lograr un acuerdo de refinanciación. O, en su defecto, para obtener adhesiones a la propuesta anticipada que puedan hacer del convenio. Lo único que se exige en este punto es que esta comunicación se presente antes del vencimiento del plazo de dos meses.

Con esto se gana tres meses para negociar y evitar la situación de concurso. Así como consecuencias posteriores más graves que pueden derivar de no haber actuado a tiempo. Pero transcurridos tres meses desde que se presentó el preconcurso, si no se ha logrado refinanciación. Sí que habrá que presentar la declaración de concurso de acreedores.

Como ves, hay opciones para evitar la liquidación si ya estás en fase de concurso de acreedores. E incluso, si aún no has llegado ahí, puedes evitar el concurso en sí. En Peydro4 Abogados somos letrados expertos en derecho empresarial y podremos ayudarte y asesorarte para que lleves a cabo todos los pasos del modo más adecuado. Resulta crucial tener un buen asesoramiento y conocer la ley para evitar la liquidación, contáctanos.


Envíame un WhatsApp
1
¿Necesitas ayuda?
Hola
¿En qué podemos ayudarte?