Derecho a percibir vacaciones tras larga baja médica

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Derecho a vacaciones: ⁞ te contamos CUÁNDO puedes disfrutar de tus días de descanso y las condiciones para hacerlo

¿Acabas de volver de una baja médica y te preguntas si tienes derecho a vacaciones? ¿Eres una empresa y quieres saber si los empleados pueden ver reducido su tiempo de vacaciones tras un periodo de baja? A continuación, desgranamos las principales dudas al respecto.

Derecho a vacaciones tras una larga baja médica: claves

Pues bien, lo cierto es que sí. El trabajador tiene derecho a disfrutar de vacaciones tras una larga baja médica, en la que no haya podido disfrutar de los días de descanso fijados. Así pues, tras su reincorporación tendrá la posibilidad de disfrutar de sus vacaciones inmediatamente después de que finalice la baja. 

Para ello, sí se ha de tener presente un requisito esencial y es que no pueden pasar más de 18 meses a partir del final de año correspondiente. En definitiva, el empleado ha de coger sus días de descanso antes de que finalice el año para seguir teniendo pleno derecho a los mismos.

Por otro lado, el trabajador podría tener derecho a disfrutar de sus días de descanso fuera de ese periodo si así lo pacta con la empresa. Se disfrutaría de dicho periodo de tiempo durante los siguientes 18 meses a partir del año en que tuvo lugar la baja médica.

Derecho a vacaciones tras una baja de maternidad o paternidad

Es probable que esta pregunta también surja tras una baja por paternidad o maternidad. Lo primero que se ha de tener presente es que este tipo de bajas están legisladas por otro tipo de circunstancias y se les da un trato distinto. En estos casos, el trabajador podrá disfrutar de sus días libres en cualquier otra fecha, aunque ya haya terminado el año natural. En definitiva, existe una mayor libertad para seleccionar el periodo de vacaciones en este tipo de bajas.

Este tipo de circunstancia está regulada por el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se garantiza todo ello. En concreto, dice que si “coincide con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural, o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto”.

¿Se puede viajar durante la baja laboral?

Otra de las cuestiones más frecuentes es qué se puede hacer durante la baja laboral. Pues bien, cuando la baja se produce por una lesión física, en la que se ha indicado la necesidad de guardar reposo, no es recomendable viajar. Esto es así no por un tema médico únicamente, sino porque el derecho a baja laboral podría perderse si se considera que el beneficiario de la prestación ha actuado de manera fraudulenta. Además, también podría ser suspendido el trabajador si abandona el tratamiento que el médico le prescribe, según el artículo 173 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Si tienes alguna consulta respecto a tu baja médica o una cuestión similar, contacta con abogados expertos. Sabrás cómo actuar siempre conforme a lo que rige la legislación vigente. En Peydro4 Abogados somos letrados expertos en derecho laboral y podemos asesorarte.


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