El pasado 14 de septiembre, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea cambió por completo las bases sobre las que está asentada la normativa laboral española. En dicha sentencia, defienden que la indemnización por despido entre temporales, indefinidos e interinos no debe ser diferente en base al tipo de contrato de cada uno.
Actualmente, los indefinidos, cuando finaliza su contrato o son despedidos, cobran el equivalente a un sueldo de 20 días por año trabajado. En el caso de los temporales, su indemnización o finiquito asciende a 12 días por año trabajado. Pero con la normativa actual, los interinos no tienen derecho a percibir ningún tipo de indemnización por despido.
Ahora, el Tribunal de Justicia Europeo defiende que las indemnizaciones por despido deben ser las mismas para todos los empleados, sin distinguir por el tipo de contrato de cada uno. Este debate se abrió tras la publicación del fallo referido al caso de Ana de Diego, una interina que trabajó desde 2003 para el Ministerio de Defensa, hasta que en 2012, nueve años después, perdió su empleo por culpa de los recortes, que redujo el número de liberados sindicales e hizo que la persona a la que sustituía Ana volviera a su puesto de trabajo, dejándola a ella en la calle.
Pocos días después de ser despedida, acudió a los tribunales, en los que perdió en primera instancia. Ana recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que suspendió el proceso y llevó unas preguntas en referencia al caso hasta la justicia europea. Cuatro años después de lo sucedido, han llegado las respuestas a Madrid, y han ocasionado un gran debate en cuanto a las actuales normativas de indemnización de los trabajadores interinos y temporales.
En el fallo del Tribunal Superior de Justicia Europeo, no marca ninguna diferencia entre cargos públicos y privados. El Tribunal subraya que el hecho de que el personal interino de las administraciones no tenga derecho a indemnización, es una cuestión que genera una gran desigualdad respecto a los trabajadores fijos. El Tribunal llegó a la conclusión de que la interina del Ministerio de Defensa, Ana de Diego, tiene derecho a que le indemnicen por el principio básico de no discriminación.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, condenó al Ministerio de Defensa a indemnizar a la interina Ana de Diego con los mismos principios que un empleado fijo al ser despedido. Ana recibirá la cantidad de 6.141,85 euros, a razón de 20 días por año trabajado, de un total de los nueve que estuvo al servicio del Ministerio.
En su sentencia, el TSJM dictó que “tiene derecho a la misma indemnización que la que le correspondería a un trabajador fijo comparable de extinguirse su contrato por otra causa objetiva´´. Además, el Tribunal cita el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que recrimina cualquier acto de discriminación: “Nuestra ley aboca al efecto de que trabajadores con idéntica antigüedad y que realizan similar trabajo son tratados de manera divergente cuando finaliza su contrato´´.
La sentencia de Ana de Diego ha llegado a muchos interinos que han pasado por la misma situación y que ahora quieren reclamar una igualdad de derechos laborales que nunca se había visto contemplada. Es por eso que, si usted es uno de los miles de afectados por la actual normativa laboral, puede reclamar una indemnización si no ha transcurrido más de un año desde su cese.
En Peydro estamos especializándonos en este tipo de casos para poder dar una cobertura legal a todos los clientes interinos que hayan sufrido un despido o hayan finalizado su contrato y no hayan percibido ningún tipo de indemnización. Además, ahora es posible reclamar una indemnización por despido improcedente si posees una antigüedad superior a tres años y la causa de tu interinidad no está justificada. No esperes más y reclama el dinero que te corresponde.