Jubilación anticipada por discapacidad

En España existe la posibilidad de optar por la jubilación anticipada en casos de discapacidad. A continuación, te detallamos cuáles son los principales aspectos que has de conocer sobre este asunto.

Jubilación anticipada por discapacidad, ¿cuándo se puede producir?

Pues bien, lo cierto es que desde el pasado mes de junio, los trabajadores que cuenten con una discapacidad igual o superior al 45% y que tengan una cotización de cinco años con la discapacidad reconocida podrán optar a la jubilación anticipada. Con esta modificación de la norma, se reduce el periodo de cotización mínimo que se exige. De este modo, pasa de 15 a 5 años desde el momento en el que se produce el diagnóstico de la discapacidad.

Del mismo modo, otra de las grandes novedades que se dan desde hace unos meses es que, aquellas personas que cuenten con más de una patología discapacitante, podrán optar a la jubilación anticipada si entre ambas dolencias se llega a una discapacidad del 45%.

Además, hay que tener en cuenta que la edad mínima de jubilación de las personas que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 45% será la de los 56 años. Para aquellas personas que tengan una discapacidad igual o superior al 65%, la edad se reduce a los 52 años.

En paralelo, será necesario también estar dado de alta en la Seguridad Social y seguro será también imperativo haber trabajado, al menos, el tiempo mínimo que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación. Y que durante ese periodo, de al menos cinco años, se trabajara con una discapacidad de, como mínimo, el 45%.

Cómo acreditar el nivel de discapacidad

Si se cumplen los requisitos, para solicitar la jubilación habrá que poder acreditar el nivel de discapacidad. Para ello se requerirá de la siguiente documentación: por un lado, un informe médico en el que se esté reflejada la fecha en la que se manifestó la patología. También tendrá que aparecer el nivel de discapacidad. Así se podrá comprobar que es igual o superior al 45% y que ocurre desde, al menos, cinco años. Todo esto tendrá que ir certificado por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, o del órgano correspondiente que se aplique en la comunidad autónoma en cuestión. 

¿Cuáles son las enfermedades que pueden generar discapacidad?

Entre las enfermedades que pueden dar lugar a una discapacidad del 45% o más, se encuentran las siguientes:

  • Discapacidad intelectual
  • Parálisis cerebral
  • Enfermedades genéticas
  • Daño cerebral adquirido
  • Enfermedad mental
  • Enfermedad neurológica

Si te encuentras en esta situación o crees que puedes estarlo, lo mejor es consultar a abogados especialistas en derecho laboral. En Peydro4 Abogados lo somos, y pondremos a tu alcance nuestra experiencia para poder asesorarte. Contáctanos y estudiaremos tu caso. Te ayudaremos con los trámites para que puedas pedir tu pensión de jubilación anticipada en el caso de que tengas derecho a ello. De este modo, podrás lograrla de un modo mucho más sencillo y rápido del que imaginas.


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