Derechos laborales para los trabajadores a turnos

Derechos laborales para los trabajadores a turnos
Derechos laborales para los trabajadores a turnos: ⁙ En qué consiste el trabajo a turnos y CUÁLES son los derechos de los empleados

Como no podía ser de otro modo, los trabajadores que desempeñan una tarea a turnos cuentan con derechos laborales. A continuación, acercamos los principales aspectos que debes conocer.

En qué consiste un trabajo a turnos

Pues bien, según se desprende de una sentencia del Tribunal Supremo de 18 de octubre de 2022, para poder considerar que un trabajador realiza un trabajo a turnos se tienen que cumplir una serie de requisitos.

Por un lado, que un mismo puesto de trabajo lo ocupen sucesivamente distintos trabajadores. Además, el trabajador tendrá que prestar el servicio en distintas horas y en determinados días o semanas.

Así pues, no se puede confundir trabajar a tunos con el hecho de trabajar a turno partido, algo que se dará cuando siempre se realice el mismo horario. Cuando se trabaja a turnos suele darse rotación, tanto en turnos como en horario de trabajo.

Derechos laborales de los trabajadores a turnos

Ahora que ya sabemos a qué se considera un trabajador a turnos, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

Plus salarial

Un trabajador a turnos no tendrá derecho a recibir un plus salarial por el hecho de tener un trabajo a turnos. Por tanto, la opción de percibir un plus se dará si así se ha establecido en el convenio colectivo o así se haya acordado por contrato con la empresa.

Descanso entre jornadas

Los trabajadores a turnos, según se recoge en el Real Decreto 1561/1995 establecen una excepción en el artículo 19, que explica que si el trabajador a turnos no puede tener un descanso mínimo entre jornadas de 12 horas, se puede reducir hasta las 7 horas el día que ocurra. Eso sí, la empresa tendrá que compensar la diferencia hasta las 12 horas establecidas en los días siguientes. Por tanto, la diferencia de las horas deberán incluirse en los días de descanso posteriores.

Descanso semanal

En lo relativo al descanso semanal, los trabajadores a turnos se establece de manera general que se ha de llevar a cabo un descanso mínimo de 36 horas. Además, tal y como se recoge en el Real Decreto 1561/1995, se podrá acumular el medio día por periodos de hasta cuatro semanas o se podrá separar para así acabar juntando un día completo.

Turno nocturno y derechos laborales

Respecto a los turnos nocturnos, los realizados entre las 22 horas y las 6 de la mañana, se establece en el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores que las empresas que tengan producción las 24 horas del día, y se hagan turnos, ningún empleado deberá de estar más de dos semanas seguidas en el turno de noche, a excepción de si el trabajador lo pide expresamente.

Si tienes un trabajo a turnos y consideras que no se han respetado tus derechos laborales, contáctanos. En Peydro4 Abogados somos letrados expertos en derecho laboral y podremos ayudarte. Del mismo modo, si eres una empresa y quieres saber cómo has de actuar en este sentido, puedes ponerte en contacto con nosotros para que te asesoremos.


Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Envíame un WhatsApp
1
¿Necesitas ayuda?
Hola
¿En qué podemos ayudarte?