Cómo evitar la liquidación en un concurso

Evitar la liquidacion en un concurso
Evitar la liquidación en un concurso: ⁘ PASOS a tener en cuenta y recomendaciones para mejorar la salud financiera empresarial

Si tu empresa no está pasando por el mejor momento y quieres saber cómo puedes reorganizarla para evitar la liquidación en un concurso, presta atención. Estos son los puntos clave que debes conocer.

En primer lugar, hay que destacar que la liquidación es un procedimiento legal en el que los bienes de la empresa se realizan mediante su venta forzosa en pública subasta, u otros métodos. Es el último paso de un concurso de acreedores, y supone la disolución de la empresa.

Evitar la liquidación en un concurso: pasos

Es habitual que cada cierto tiempo venga algún tipo de crisis económica que provoque que las empresas pasen por malos momentos. En estos casos, son diferentes los puntos a tener en cuenta y que podrán evitar que la enseña entre en concurso de acreedores. Cabe recordar que el concurso de acreedores es un proceso legal que permite a las enseñas reestructurarse y pagar sus deudas, conforme a ley.

La apertura de la fase de liquidación conlleva la declaración de disolución de la sociedad y el cese de los administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Por lo tanto, siempre es recomendable evitar la liquidación en un concurso de la enseña y estos son algunos pasos que te permitirán sanear tus cuentas.

Ten siempre un análisis financiero actualizado

Conocer la situación financiera real de la empresa es fundamental para llevar un buen control de gastos y así evitar la liquidación en concurso. Para ello, es fundamental hacer una evaluación del estado de las finanzas, además de tener identificados todos los costes y gastos.

También se tendrán que evaluar cuál es el volumen de ingresos real e identificar tanto los puntos fuertes como los débiles de la empresa. Una vez se realiza un análisis de estas características ya sí es posible tomar decisiones en base a una información real y actualizada y, por tanto, acertadas. Todo ello, permitirá mejorar la situación financiera de la empresa.

Renegociar deudas

Del mismo modo, cuando ya se tiene un análisis real de la situación financiera de la empresa se podrá renegociar deudas. En el caso de que la empresa tenga problemas de liquidez y no sea capaz de hacer frente a sus obligaciones de pago a corto plazo, habrá que contactar con acreedores y renegociar plazos y condiciones de pago. En una buena parte de ocasiones, los propios acreedores prefieren llegar a acuerdos para evitar la quiebra de la enseña y así recuperar parte de su inversión.

Comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores

Si existe probabilidad de insolvencia o la insolvencia es inminente, podemos comunicar al juzgado la existencia de negociaciones con los acreedores, o que vamos a iniciarlas, para alcanzar un plan de reestructuración que permita superar la situación. El principal efecto de esta comunicación es que tendremos tres meses durante los cuales los acreedores no podrán iniciar ejecuciones judiciales sobre bienes de la empresa necesarios para su continuidad. También se suspenderán las ejecuciones que se encuentren ya iniciadas. Y podemos proteger los bienes no necesarios cuando sean clave para asegurar el buen fin de las negociaciones. Esto puede proporcionar una protección importante para la supervivencia de la empresa mientras se renegocia la deuda.

Los planes de reestructuración

Con un plan de reestructuración podemos modificar la composición del activo y del pasivo del deudor. Por lo que se pueden transmitir activos, unidades productivas o la totalidad de la empresa. También se puede introducir cualquier cambio operativo que sea necesario, o una combinación de estos elementos. El plan de reestructuración deberá ser formalizado en instrumento público. Puede someterse a homologacion judicial cuando sus efectos se extiendan a acreedores que no hubieran votado a favor del plan. También cuando se pretenda la resolución de contratos en interés de la reestructuración, para proteger la nueva financiación frente a acciones rescisorias y para reconocer a esa financiación preferencias de cobro.

Procedimiento especial para microempresas

Las microempresas que se encuentre en insolvencia probable, inminente o actual pueden comunicar al juzgado la apertura de negociaciones con los acreedores para acordar un plan de continuación.

Este procedimiento especial es aplicable a los deudores que sean personas naturales (autónomos) o jurídicas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional. Para ello deben tener menos de diez trabajadores, y un volumen de negocio inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros.

Desde la apertura del procedimiento especial hasta su conclusión, el deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. También se paralizarán las ejecuciones judiciales o extrajudiciales sobre los bienes y derechos del deudor.

El plan de continuación deberá contener, una relación de los créditos afectados por el plan. Y podrá consistir en quitas y/o esperas. También la conversión de la deuda en préstamos participativos o su capitalización. En caso de que no se aprobase la propuesta, el deudor puede evitar la liquidación si no se encuentra en insolvencia actual.

Convenio con los acreedores

Dentro del procedimiento de concurso el deudor y los acreedores cuyos créditos superen una quinta parte de la masa pasiva podrán presentar propuesta de convenio. No se deberá haber abierto la fase de liquidación. Y no podrá presentarse propuesta de convenio si el concursado hubiera solicitado la liquidación de la masa activa.

La propuesta de convenio deberá contener proposiciones de quita, de espera o de quita y espera. La espera no podrá ser superior a diez años. La propuesta de convenio podrá contener, para todos o algunos acreedores o para determinadas clases de acreedores, cuantas proposiciones adicionales considere convenientes el proponente. En la propuesta de convenio podrá incluirse la modificación estructural de la persona jurídica concursada. En caso de que no se aprobase el convenio, se abriría la fase de liquidación.

Planificación a largo plazo

Para evitar llegar a liquidación en un concurso de acreedores, es fundamental tener una visión a largo plazo de cómo puede ir evolucionando la situación financiera de la empresa. En este sentido, será fundamental planificar tanto los gastos como los posibles ingresos que se van a obtener a largo plazo. Además, en este punto es fundamental también contar con un plan de contingencia, por si algo no ocurre como se esperaba. Por tanto, es fundamental tener metas financieras claras y monitorizar el estado de las finanzas.

Diversificación con proveedores

Como ocurre en otros ámbitos, lo más seguro siempre pasa por no depender de un solo proveedor. De lo contrario, si ocurre algo con él la empresa puede tener también una situación complicada. En este punto es importante optar por la contratación de seguros que cubran estos posibles contratiempos.

Si tu empresa pasa por un mal momento y quieres evitar la liquidación en un concurso, contáctanos. En Peydro4 Abogados somos letrados expertos en sociedades y te ayudaremos.


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