Divorcio con hijos e hipoteca, aspectos legales

¿Estás en una situación de divorcio con hijos e hipoteca? A continuación te acercamos todas las claves que debes conocer al respecto.

Las cargas del matrimonio

En un divorcio contencioso será en la sentencia judicial donde se decide quién debe pagar cada concepto, así como la cantidad que corresponde a cada uno, relativo a las cargas del matrimonio. Salvo que firmemos un convenio regulador, porque en este caso será la pareja quien lo decida con más libertad. Se entiende por cargas a los gastos asociados a la vida familiar y de interés común. Y es la sentencia de divorcio, en definitiva, donde se fija esta cantidad así como lo relativo a la pensión de alimentos y el cuidado de los hijos.

El pago de la hipoteca en un divorcio con hijos

Que tengamos un divorcio con hijos e hipoteca es un supuesto muy frecuente, y tal vez por eso ha sido objeto de grandes discusiones a la hora de decidir qué hacer en estos casos. En lo relativo al pago de la hipoteca hasta hace unos años el juez podía adoptar diferentes posturas:

  • La primera de ellas era considerar que la hipoteca es un gasto relativo a la vida común y, por ende, es un gasto del matrimonio. En este caso supondría que, más allá del pago por la pensión de alimentos, se establece una cantidad mensual a aportar para hacer frente al pago de la misma.
  • Otro de las posibles soluciones era que la hipoteca la abone la persona que está haciendo uso y disfrute de la casa. Más allá de que si se vende, a futuro, se realicen cuentas y se compense el pago.
  • La tercera de las posibles posturas sería que la hipoteca debe ser abonada por ambos aunque de manera proporcional a los ingresos de cada uno de ellos.

Unificación de criterios en esta clase de divorcios

No fue sino a partir de la sentencia que dictó el Supremo en marzo de 2011, cuando se unificaron criterios y se determinó que las cuotas deben ser a partes iguales entre ambos copropietarios. Más allá de la persona que vive en ella o quién tenga mayor nivel de ingresos.

Según esta sentencia, hay que diferenciar dos tipos de gastos:

  • Por un lado, los que guardan relación con el mantenimiento del inmueble que sirve de hogar familiar. Puesto que estos sí que se consideran gastos familiares, incluso tras la disolución del matrimonio.
  • Y por otro lado, el pago de la hipoteca de dicho inmueble. Problema que será resuelto durante el proceso de liquidación de los bienes gananciales pero no durante el divorcio en sí.

En definitiva, la sentencia que emitió el Tribunal Supremo sentó precedente y sirvió para señalar que la hipoteca que soportaba el pago de la vivienda familiar no es una carga familiar. Sino el pago de derivado de la sociedad de gananciales. Y de ahí que deba ser abonada por ambos en partes iguales.

Si se tienen hijos este pago será diferente a la pensión de alimentos. Otro de los pagos derivados de una separación. En cualquier caso, lo mejor es acudir a un abogado especialista que nos haga los cálculos.

 En Peydro Abogados Valencia somos abogados especialistas en separaciones y divorcios matrimoniales. Para poner en marcha todo este tipo de gestiones y procedimientos derivados no dudes en contactarnos. Te asesoraremos en todo lo relativo al pago de la hipoteca. Pero también sobre la pensión de alimentos y otras opciones, en función de tus circunstancias concretas.


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