¿Te acaban de comunicar que prescinden de tus servicios y sospechas que los motivos no son reales o justificados? Perder el empleo es siempre una situación difícil, pero cuando la empresa no actúa conforme a la ley, la situación se vuelve aún más frustrante. El despido improcedente es una de las figuras legales más comunes en el ámbito laboral español, y conocer tus derechos es el primer paso para proteger tus intereses.
A continuación, te explicamos de forma clara y detallada qué significa exactamente que un despido sea declarado improcedente, qué opciones tienes, cómo se calcula la indemnización y qué novedades jurisprudenciales y legislativas debes tener en cuenta en este año 2026 para no perder ni un solo euro de lo que te corresponde.
¿Qué es exactamente un despido improcedente?
En España, una empresa no puede despedir a un trabajador simplemente porque sí; debe respetar tus derechos para que no sea un despido improcedente. Como existir una causa justificada (económica, técnica, organizativa, disciplinaria, etc.) y debe cumplir un procedimiento formal estricto. Un despido se considera improcedente cuando un juez (o la propia empresa en el acto de conciliación previo al juicio) reconoce que no se ha podido demostrar la causa alegada en la carta de despido, o bien que no se han cumplido los requisitos formales exigidos por la ley.
Por ejemplo, si te despiden alegando una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de tu trabajo (despido disciplinario), pero la empresa no aporta pruebas de ello, el despido será improcedente. Lo mismo ocurre si te entregan la carta de despido sin detallar suficientemente los motivos, dejándote en indefensión para poder rebatirlos. Es uno de tus derechos en el despido improcedente.
Es muy importante destacar que el despido no es improcedente «por defecto». Cuando te despiden, el despido es inicialmente el que la empresa dice que es (objetivo o disciplinario). Para que sea declarado improcedente, debes impugnarlo activamente en el plazo legal establecido. Si dejas pasar el plazo, el despido será firme, sea justo o no. Debes impugnarlo haciendo valer tus derechos para que el despido sea improcedente.
Tus derechos fundamentales: indemnización o readmisión
Cuando un despido se declara improcedente, la ley (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores) establece que la empresa tiene un plazo de cinco días para elegir entre dos opciones. Ojo, la elección corresponde a la empresa, no al trabajador. Salvo que seas representante legal de los trabajadores o delegado sindical, en cuyo caso eliges tú.
- La readmisión del trabajador: Si la empresa opta por esta vía, debe reincorporarte a tu puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenías antes del despido. Además, tendrá que abonarte los llamados «salarios de tramitación», que son los sueldos que has dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la notificación de la sentencia que declara la improcedencia.
- El pago de una indemnización: Es la opción más habitual en la práctica, ya que la mayoría de las empresas prefieren extinguir la relación laboral. Si la empresa elige indemnizarte, la relación laboral se extingue definitivamente y no hay derecho a salarios de tramitación, pero recibirás una compensación económica tasada por ley.
Además de una de estas dos opciones, siempre tendrás derecho a cobrar el finiquito (que incluye las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extras y cualquier otro concepto pendiente de cobro) y a solicitar la prestación por desempleo (el paro), siempre que cumplas los requisitos de cotización previa exigidos por la Seguridad Social.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?
Si la empresa opta por la indemnización, la cuantía no se decide al azar ni depende de los daños morales que hayas sufrido. Está estrictamente tasada por el Estatuto de los Trabajadores y depende de dos factores fundamentales: tu salario bruto (incluyendo pagas extras y complementos salariales) y tu antigüedad en la empresa.
El cálculo actual general es de 33 días de salario por cada año trabajado, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, con un tope máximo de 24 mensualidades.
Sin embargo, si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012 (fecha de la gran reforma laboral), el cálculo se divide en dos tramos, lo que hace que la indemnización sea mayor:
- Primer tramo (antes del 12/02/2012): Por el tiempo trabajado antes de esa fecha, se calculan 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
- Segundo tramo (a partir del 12/02/2012): Por el tiempo trabajado a partir de esa fecha, se calculan 33 días de salario por año trabajado.
La suma de ambos tramos no puede superar las 42 mensualidades en total. Es un cálculo complejo que requiere tener en cuenta todos los conceptos salariales, por lo que siempre es recomendable que un abogado laboralista revise la liquidación que te ofrece la empresa.
Novedades y debate legal en 2026: ¿Se puede cobrar más?
El debate sobre si la indemnización por despido improcedente en España es suficiente ha sido uno de los temas estrella en el ámbito laboral durante los últimos años. El Comité Europeo de Derechos Sociales llegó a señalar que el sistema español, al tener un tope máximo (las 24 mensualidades), podría no garantizar una reparación «adecuada y disuasoria». En ciertos casos, especialmente para trabajadores con poca antigüedad donde la indemnización resulta muy baja.
Esto llevó a muchos trabajadores a reclamar en los tribunales indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Con el argumento de que los 33 días por año no compensaban el daño real sufrido por la pérdida del empleo.
Sin embargo, debes saber que el Tribunal Supremo, en una importantísima sentencia dictada en julio de 2025 (STS 736/2025), ha cerrado definitivamente esta puerta en la vía judicial. El Supremo ha establecido que los jueces no pueden incrementar la indemnización legalmente prevista basándose directamente en la Carta Social Europea. La indemnización tasada de 33 días es la que marca la ley. El Tribunal Supremo considera que ofrece seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores, evitando que cada juez fije una cantidad diferente para casos similares.
Por tanto, si hay algún cambio para aumentar las indemnizaciones o hacerlas más «disuasorias», deberá venir del legislador (el Congreso y el Gobierno). No de los jueces. Aunque en septiembre de 2025 el Congreso aprobó una proposición no de ley para instar al Gobierno a reformar este aspecto. A día de hoy (2026), la ley sigue marcando el límite estricto de los 33 días por año trabajado. Cualquier promesa de conseguir una indemnización mayor por vía judicial hay que analizarla con mucha cautela. Vista a la luz de esta reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo.
El procedimiento: plazos y pasos a seguir
Si no estás de acuerdo con tu despido, el tiempo juega en tu contra. Tienes un plazo de caducidad muy estricto: 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo. Si dejas pasar este plazo, perderás tu derecho a reclamar, por muy injusto que haya sido el despido.
Los pasos que debes seguir son los siguientes:
- Firma como «No conforme»: Cuando te entreguen la carta de despido y el finiquito, firma añadiendo la fecha y la expresión «No conforme». Esto no significa que vayas a demandar seguro. Pero te reserva el derecho a hacerlo sin que la empresa pueda alegar que aceptaste los motivos o las cantidades.
- Papeleta de conciliación: Antes de ir al juzgado, es obligatorio presentar una papeleta de conciliación. Debes acudir ante el servicio de mediación correspondiente (SMAC o similar en tu comunidad autónoma). El objetivo es intentar llegar a un acuerdo con la empresa antes del juicio. En esta fase es muy habitual que las empresas reconozcan la improcedencia y ofrezcan la indemnización de 33 días para evitar los costes del juicio.
- Demanda judicial: Si en el acto de conciliación no hay acuerdo el siguiente paso es presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. Si la empresa no se presenta tambien se considera que no hubo acuerdo.
Diferencia entre despido improcedente y despido nulo
Es común confundir el despido improcedente con el despido nulo, pero sus consecuencias son muy diferentes. Un despido se declara nulo cuando vulnera derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. Por ejemplo: despido por discriminación racial; por estar embarazada; por solicitar una reducción de jornada por cuidado de hijos; o como represalia por haber reclamado derechos a la empresa.
A diferencia del despido improcedente, donde la empresa puede elegir indemnizar. En el despido nulo la consecuencia es la readmisión obligatoria e inmediata del trabajador en su puesto. Junto con el abono de los salarios de tramitación. Además, en muchos casos de despido nulo, el trabajador puede reclamar una indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales.