Los distintos tipos de sucesiones por causa de muerte

Tipos de sucesiones por causa de muerte
A raíz de una defunción se pueden dar dos tipos diferentes de sucesión por causa de muerte.

Después de una defunción puede haber dos tipos diferentes de sucesión: testada o intestada. A continuación vamos a detallar cuáles son y en qué consisten.

Tipos de sucesiones por causa de muerte

Pues bien, hay, como decimos, diferentes tipos de sucesiones por causa de muerte y conviene saber los detalles de cada uno de ellas.

Sucesión voluntaria y sucesión legal

Por un lado, se encuentra la sucesión voluntaria cuando la persona que actuará como sucesor o sucesores haya sido designada previamente por el difunto. Este tipo de sucesión también se conoce como sucesión testamentaria y suele ser la más común. 
Por otro lado está la sucesión legal. Este tipo de sucesión se hace conforme a la ley cuando no se designa a un sucesor por no haber testamento o el testamento es inválido. Las consecuencias de este hecho están reguladas mediante lo que se recoge en la ley. Es aquí cuando se da una sucesión llamada abintestato, que es la que tiene lugar sustituyendo a la sucesión testamentaria. Otra de las posibilidades es la sucesión mixta, y tiene lugar cuando la herencia se regula tanto por la voluntad del testador como por la ley.

Sucesión universal y sucesión particular

Por otro lado encontramos la sucesión universal, en la que se considera que es el heredero el que sucede a título universal, y se considera al legatario como el que sucede a título particular. Si se sucede a título universal es sobre la totalidad o parte de los bienes. En la sucesión a título particular el legatario adquiere solo en determinados elementos de la herencia, pero no sucede al testador, por lo que no adquirirá sus deudas, por ejemplo.


Personas intervinientes en las sucesiones por causa de muerte

Al producirse las sucesiones por causa de muerte podemos encontrar diferentes perfiles. El causante es el término por el que se conoce al difunto que transmite su patrimonio a causa de su fallecimiento. El testador es el que dicta el testamento. El heredero será la persona que reciba el patrimonio. Si hay legatario será quien reciba determinados bienes, pero no una cuota de la herencia. La persona que actúa como albacea tendrá que custodiar los bienes para garantizar que se cumple la última voluntad del finado. El contador-partidor es designado por el testador en el testamento para que se encargue de hacer el reparto de los bienes entre los herederos. Por último, cuando el testador legue sus bienes a un menor de edad o incapacitado puede nombrar a un Administrador que desempeñe las funciones de administración de los bienes que corresponderían al padre o tutor del menor.

¿Se puede recibir una herencia si no hay testamento?

En España es posible heredar mediante una sucesión testada, con testamento, y también ante una herencia intestada, lo que se conoce como sucesión legal. Pero nunca se da una situación de tener una herencia ‘sin dueño’. En el supuesto de que haya testamento se atenderá a la voluntad expresada en el mismo. Y si no hay testamento, lo que se pone en marcha es el procedimiento de sucesión legal, también llamado abintestato o “ab intestato” y aquí es el Código Civil el que recoge qué personas tienen derecho a heredar y su orden.

Como ves son varios los tipos de sucesiones por causa de muerte y saber bien los pasos a dar en una situación tan compleja no es algo sencillo. Por ello lo mejor siempre es recurrir a la ayuda de abogados expertos que podemos guiarte y ofrecer asesoramiento sobre cómo llevar a cabo este procedimiento de sucesiones del mejor modo posible, rápido y conforme a la ley. En Peydro4 Abogados podemos ayudarte.


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