¿En qué consiste el delito de estafa?

Si has oído hablar del delito de estafa te acercamos todo lo que debes saber sobre él. En qué consiste, cómo está penado, a qué se considera estafa …, etc. Vamos a intentar contestar a la pregunta: ¿En qué consiste el delito de estafa?

Qué es el delito de estafa

Pues bien, se considera que el delito de estafa consiste en engañar a otro para obtener algún tipo de lucro, de tal modo que se le induzca a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno y que le suponga una pérdida de su patrimonio.

Así pues, el delito de estafa se encuentra tipificado en el artículo 248 del Código Penal. En este artículo se encuentra el tipo básico de este delito, que establece la estafa en el hecho de que alguien con ánimo de lucro engañe a otro en perjuicio de sí mismo o de un tercero con merma en su patrimonio.

¿Quién puede cometer este delito?

Además del tipo básico, también se considera que incurren en delito de estafa, más allá de la persona que lleva a cabo el engaño, a los siguientes sujetos activos:

  • Por un lado, aquellos que con ánimo de lucro y por medio de algún tipo de manipulación informática o similares, obtengan una transferencia no consentida de un activo patrimonial ajeno.
  • Por otro lado, podrían incurrir en un delito de estafa los que fabricaran, tuvieran o facilitaran programas informáticos destinados a la realización de estafas.
  • También se podría considerar que se ha realizado una estafa los que han usado tarjetas de crédito o débito, o cheques de viajes u otro tipo de datos en su beneficio y en perjuicio del titular de los mismos. 

¿Qué pena conlleva el delito de estafa?

El delito de estafa lleva asociado una pena que puede ir desde los seis meses de cárcel a los tres años. Para la imposición de la pena habrá que ver cuál ha sido el importe de lo defraudado, el perjuicio causado a la víctima, las relaciones que tuvieran el perjudicado y el defraudador, los medios empleados por el que comete la infracción y durante cuánto tiempo. En el caso de que lo defraudado no supere los 400 euros la pena será una multa de uno a tres meses.

En cualquier caso, esta pena puede verse agravada con prisión de uno a seis años y multa que oscile entre seis y doce meses cuando la estafa se produzca sobre los bienes de primera necesidad de la víctima. La estafa sea sobre bienes del patrimonio artístico, histórico, cultural o científico, si el valor de la defraudado excede de los 50.000 euros, o se haya cometido fraude a un número de personas elevado, o en el caso de que se incurra en estafa procesal, entre otros.

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