Los contratos de renting y leasing en el concurso de acreedores

Contratos de Renting y leasing en el Concurso
Si te preguntas qué pasa con los contratos de renting y leasing en un supuesto de concurso de acreedores de la empresa, te acercamos todas las claves que debes conocer y que te permitirán salir de dudas.

Diferencias entre los contratos de renting y leasing

Para saber qué sucede con los contratos de renting y leasing en el concurso de acreedores, el primer punto a tener en cuenta son las diferencias que hay entre ambos. Por un lado, se debe tener presente que en los contratos de renting el arrendador tiene la obligación de encargarse del mantenimiento y conservación del coche, algo que no ocurre si se tiene un contrato de leasing.

Por otro lado, se ha de tener en cuenta que en los contratos de leasing el objeto pueden ser bienes muebles e inmuebles. Algo que no ocurre en los contratos de renting cuyo objeto solo puede ser un bien mueble. 

Otra de las grandes diferencias entre los dos tipos de contratos es la finalidad del mismo. Mientras que en los contratos de renting, el arrendatario usa el coche que está en el contrato para ir renovando el mismo cada cierto tiempo. Sin embargo, los contratos de leasing son un modo de financiación. En este, el arrendatario busca lograr la propiedad del coche. Por ello, la gran diferencia es que en un contrato de leasing se recoge la opción de comprar el bien que se alquila. 

Por último, mientras que en el contrato de leasing cualquier reclamación que se busque hacer en relación a posibles vicios, cargas o mal funcionamiento ha de hacerse al proveedor, distribuidor o fabricante. En cambio, en los contratos de renting se aplicarán las normas recogidas en el contrato de arrendamiento de bienes que serán las que rijan.

Contrato de leasing en concurso de acreedores

En los casos en los que haya vigente un contrato de leasing sobre una empresa que entre en concurso de acreedores, se debe saber que este tipo de créditos se consideran con privilegio especial. No hay ningún tipo de controversia con las cuotas que se hayan derivado previas a la declaración de concurso pero sí con las generadas e impagadas de manera posterior a entrar en concurso de acreedores.

Aquí lo que se ha de ver si serían esas cuotas posteriores créditos contra la masa o créditos con privilegio especial. Por lo general, habrá que estudiar las cláusulas del contrato para ver la situación que se tiene a fecha de la declaración de concurso. En el caso de que aún hubiera obligaciones recíprocas por cumplir por ambas partes, las cuotas que se devengaran durante el proceso de concurso serían créditos contra la masa. Y si no, se considerarían créditos con privilegio especial.

Contrato de renting en concurso de acreedores

En los contratos de renting, por lo general, al entrar en concurso seguirán existiendo obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento por parte de arrendador y de arrendatario. Por ello, las cuotas que se generan de manera posterior a la declaración de concurso se consideran créditos contra la masa.

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